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NOVEDADES LABORALES 2023
enero 11, 2023

Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 incluye diversas novedades que afectarán tanto a empresas como a trabajadores.

 

Subida de las cotizaciones en el régimen general

Con este nuevo mecanismo, “las cotizaciones sociales que paga cada trabajador (independientemente de su nivel salarial) se incrementarán en un 0,6%, del que el trabajador pagará un 0,1% y la empresa el 0,5% restante.

La subida se aplicará en el concepto de contingencias comunes. Actualmente las empresas cotizan un 23,6% y el trabajador un 4,7%, pero a partir de enero de 2023 pasarán a un 24,1% para las empresas y a un 4,8% los trabajadores.

Y la subida de la base máxima de cotización pasaría de 4.139,40 euros al mes a 4.495,50 euros mensuales.

 

Nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos

Asimismo, se establece para el próximo 2023 un nuevo sistema por el que los autónomos cotizarán en función de los rendimientos netos de la actividad que desarrollen.

Cotizarán según los rendimientos anuales que hayan obtenido en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales y con independencia que las realicen a título individual o como socios o integrantes de cualquier tipo de entidad, con o sin personalidad jurídica.

Se debe elegir una base de cotización, dentro de la tabla general fijada en Ley, en función de los rendimientos netos anuales.

La cotización de los autónomos será del 31,2% de la base de cotización que elijan dentro del tramo que le corresponda.

Es importante destacar la actualización que se ha producido en las bases máximas de cotización de los tramos 11 y 12 del RETA: se elevan de los 4.139,40 €/mes hasta los 4.495,50 €/mes a partir de 1 de enero de 2023, lo que conduce a que, en estos tramos, la cuota máxima pase de 1.266,66 euros/mes a 1.375,62 euros/mes

 

Aumenta la cuantía de la prestación por desempleo

Otra de las novedades laborales a destacar para 2023 es el aumento en la cuantía de la prestación contributiva por desempleo: pasa del 50% al 60% de la base reguladora a partir del día 181 (esto es, el séptimo mes) del percibo de la prestación.

Es decir, para 2023 queda de la siguiente manera:

Seis primeros meses: 70%

Resto del tiempo: 60%

 

Novedad importante en torno a los planes de igualdad

Una de las novedades que introduce la LPGE y que entra en vigor el día 1 de enero de 2023: se ha modificado la Ley 9/2017 de contratos del sector público y pasa a disponer que las empresas obligadas a tener plan de igualdad (a partir de 50 trabajadores) no pueden contratar con la Administración y demás entidades del sector público si no disponen de un plan de igualdad conforme a lo indicado en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.

 

Revalorización de las pensiones

Se establece una revalorización general de las pensiones del 8,5% sobre las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y a favor de familiares del Sistema de Seguridad Social en modalidad contributiva reconocidas con anterioridad a 1 de enero de 2023.

Dicha revalorización se realizará sobre el importe a percibir por el beneficiario a 31 de diciembre de 2022, con el límite máximo de 3.058,81 € mensuales, distribuidos en 14 pagas, o bien 42.823,34 € anuales. El citado límite máximo se aplicará también en el caso de que el beneficiario perciba pensiones concurrentes de la Seguridad Social sobre el total de percepciones.

 

El trabajador ya no estará obligado a entregar a la empresa su baja médica

Se modifica el Real Decreto 625/2014, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de procesos de incapacidad temporal en los primeros 365 días.

En relación con los partes médicos de bajas y altas solo se entregará una copia al trabajador/a.

Se elimina la segunda copia.

La persona trabajadora ya no tendrá que entregar la copia del parte de baja a su empresa.

La comunicación entre entidades emisoras y el Instituto Nacional de Seguridad Social será telemática.

 

Subida del SMI (por el momento está prorrogado el de 2022)

A día de hoy, el salario mínimo interprofesional está congelado en 1.000 euros (misma cuantía que durante 2022).

Sin embargo, según fuentes gubernamentales, se espera que incremente y se sitúe entre los 1.030 euros y los 1.082 euros en catorce pagas durante este mes de enero.

 

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Martínez Comín