ES   |   EN   |   FR   |   CA
Volver
REFORMA DEL ITP Y AJD EN CATALUÑA TRAS EL DECRETO LEY 5/2025
abril 7, 2025

 

Fecha: 7 de abril de 2025

 

Mediante la presente, les informamos sobre las principales modificaciones introducidas por el Decreto ley 5/2025, de 25 de marzo, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el 26 de marzo de 2025, en relación con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD). Esta reforma tiene como objetivo establecer un esquema fiscal más progresivo y alineado con políticas de acceso a la vivienda.

 

Principales Cambios en el ITP y AJD

Nuevas tarifas progresivas en el ITP

Se establece una escala con cuatro tramos en sustitución del modelo binario anterior:

  • 10% para operaciones de hasta 600.000 €.
  • 11% para operaciones entre 600.000 € y 900.000 €.
  • 12% para operaciones entre 900.000 € y 1.500.000 €.
  • 13% para operaciones superiores a 1.500.000 €.

Con esta reforma, las transmisiones de mayor importe soportarán una carga tributaria más elevada, reforzando la progresividad del tributo.

 

Tipo agravado del 20% para grandes tenedores

Se introduce un tipo impositivo del 20% para la adquisición de viviendas por parte de grandes tenedores, definidos como:

  1. Personas físicas o jurídicas con más de 10 inmuebles residenciales (o más de 500 m² de superficie residencial).
  2. Titulares de 5 o más inmuebles en zonas de mercado tensionado.
  • Este mismo tipo también se aplicará a la compra de edificios completos, salvo que el adquirente sea una persona física y destine la vivienda a su uso habitual o el de familiares cercanos.
  • Se establece un mecanismo de control para evitar la elusión fiscal mediante compras fraccionadas de unidades en un mismo edificio.

 

Incentivos fiscales y bonificaciones

  • 5% de ITP para la compra de vivienda habitual por menores de 35 años y víctimas de violencia machista.
  • 100% de bonificación para cooperativas de vivienda sin ánimo de lucro.
  • 50% de bonificación para edificios de oficinas o inmuebles inacabados que se reconviertan en vivienda protegida.
  • 50% de bonificación para adquisiciones de inmuebles destinados a sedes sociales o centros de trabajo de empresas que cumplan requisitos de permanencia.

 

Modificaciones en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados (AJD)

  • Se establece un nuevo tipo del 3,5% para escrituras públicas que documenten transmisiones inmobiliarias sujetas y exentas de IVA, con renuncia a la exención.
  • Se aplican las mismas bonificaciones que en el ITP, fomentando el acceso a la vivienda y el desarrollo empresarial.

 

Entrada en vigor

  • Las modificaciones en el ITP y AJD entrarán en vigor el 27 de junio de 2025, concediendo un período de adaptación de tres meses.
  • Sin embargo, la supresión de la bonificación del 70% para promotoras inmobiliarias tiene efecto inmediato desde el 27 de marzo de 2025.

 

Impacto y consideraciones jurídicas

  • Estas medidas buscan desincentivar la concentración de viviendas en grandes operadores y fomentar la función social del impuesto.
  • No obstante, su aplicación puede generar inseguridad jurídica en inversores y promotores, así como posibles conflictos en su encaje dentro del marco normativo estatal.

 

 

Recibe nuestra newsletter

Martínez Comín